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Pensando en soluciones a
la problemática ambiental en el área adyacente a la Zona Económica Exclusiva
Argentina
A partir del análisis de los incentivos con que cuentan las enormes
flotas extranjeras de pesca en aguas distantes para navegar miles de millas
náuticas desde sus países de origen hasta el Atlántico Sur, podremos contribuir
a la búsqueda de soluciones o al menos saber, de que ámbitos pueden provenir
las mismas
Por Lic. SERGIO
ALMADA (*) - Dra. LUCIANA DE SANTIS SOLLA (**)
Definida
como una problemática ambiental compleja, con multiplicidad de actores e
intereses, la actividad de estas flotas pesqueras extranjeras se caracteriza en
el Atlántico Sudoccidental, por un excesivo esfuerzo pesquero sin ningún tipo
de límite u ordenamiento sobre especies transzonales y de alto valor comercial
de nuestra Zona Económica Exclusiva (ZEE).
La
presencia de estos buques en aguas de la alta mar próximas a nuestro país, es
producto no sólo de la abundancia y valor comercial internacional del recurso
objetivo de su captura, sino también, de numerosos incentivos que reciben y que
hacen viable -operativa y económicamente- su actividad en la zona.
La misma
es tan dependiente de estos incentivos, que analizar en particular cada uno de
ellos y la manera en cómo atacarlos o debilitarlos, es visto internacionalmente
como una de las alternativas para reducir el número de buques de estas flotas y
con ello, el impacto y los perjuicios que ocasionan.
La
abundancia de recursos pesqueros de alto interés comercial, los subsidios de
los Estados de bandera, los beneficios de transbordos en el mar y la particular
condición jurídica del espacio marítimo donde operan, se cuentan entre sus
principales incentivos. Excepto el primero de ellos, que es algo que no
queremos reducir sino por el contrario conservar, analizaremos el resto.
Los
subsidios de los Estados de bandera
Representan
una de las medidas adoptadas para mejorar la capacidad pesquera de sus flotas
en aguas distantes. Préstamos, eximición de impuestos y diferentes tipos de
deducciones impositivas y arancelarias, representan beneficios que persiguen
garantizar que un gran porcentaje de las capturas realizadas por los buques de
estas flotas, lleguen al país de su bandera dinamizando las industrias locales
y aliviando la tensión producto de la escasez de recursos en zonas cercanas a
sus costas.
El
Acuerdo Internacional sobre Subvenciones a la Pesca aprobado en 2022 en la XII
Conferencia Ministerial de la Organización Mundial del Comercio (OMC),
representa un principio de avance para la eliminación de los subsidios dañinos
a la pesca, es decir aquellos que constituyen un factor clave en el agotamiento
de las poblaciones de peces en el mundo. Prohibiendo entre otras cuestiones,
las subvenciones a la pesca en zonas de la alta mar que no estén gestionadas,
como sucede en el área adyacente a la ZEE Argentina.
El grado
de contribución a la reducción del tamaño y operación de estas flotas dependerá
de varios factores, fundamentalmente, que miembros de la OMC finalmente
depositen su instrumento de aceptación y cuan vinculante resulte en la
práctica. De algo si estamos seguros, que el mismo no puede resolver, por sí
solo, la problemática que nos afecta.
No
obstante ello, debemos reconocer su importancia como acuerdo multilateral
amplio e instrumento jurídicamente vinculante que proveniente de la OMC, se
centra en la sostenibilidad de los océanos.
Los
beneficios de transbordos en el mar
Estas
actividades de transferencias de capturas de un barco a otro que se practican
ampliamente en varias pesquerías del mundo, no nos deben parecer un acto
inocuo, ya que a menudo se realizan en áreas alejadas del mar y de difícil
acceso a las autoridades y sus controles.
Ello les
permite la adulteración y omisión de datos relacionados con sus prácticas de
pesca y por ello, se los asocia no sólo con altos riesgos de pérdida de la
trazabilidad de las capturas permitiendo que el pescado obtenido a través de
pesca ilegal se introduzca en la cadena legal de suministro, sino también, con
facilitar otras actividades delictivas en el mar.
En la
zona de alta mar adyacente a nuestra ZEE, los transbordos permiten a los buques
pesqueros una permanencia casi ininterrumpida en tareas de pesca sin límites y,
fundamentalmente, los mantiene alejados de los puertos y de sus controles, así
como de todo aquello que regule, reduzca o haga más costosa su operatoria.
Esta
preocupación internacional, si bien no hace ilegales a los transbordos en Alta
Mar, los incluye entre los principales incentivos de la pesca ilegal. Liderados
por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la
Agricultura (FAO), la comunidad internacional ha reconocido la necesidad de
mejorar la reglamentación, el seguimiento y el control del transbordo
favoreciendo la comprensión y la gestión de estas actividades.
La
integración a mecanismos internacionales de comunicación que, establecidos
formalmente, tiendan a permitir un intercambio rápido de información respecto
de estas actividades en el mar y con ello a mejorar su control, pueden
representar el aporte a la reducción de los beneficios que representan a los
buques de estas flotas.
La
condición jurídica del área de operación
Podemos
definir este área como un espacio multidimensional donde coexisten, de manera
compleja, derechos y obligaciones de los Estados en torno a diversos principios
internacionales que lo rigen, donde se destacan las libertades de la alta mar
-especialmente de navegación y pesca-, la jurisdicción exclusiva del Estado de
pabellón respecto de sus buques, la obligación convencional de todos los
Estados de cooperar en la conservación y administración de los recursos vivos
de la alta mar y los derechos de soberanía del Estado argentino sobre los
recursos naturales del lecho y subsuelo de su plataforma continental.
A dicha
condición particular se suma una colisión de intereses económicos, geopolíticos
y estratégicos de nuestro país con los de otros actores, en especial el
conflicto de soberanía con el Reino Unido de Gran Bretaña por nuestras Islas
Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur.
Su
resultado, un área con una enorme actividad pesquera sin ninguno tipo de
gestión, manejo ni ordenamiento. Donde no existen instrumentos jurídicos que
permitan a la Argentina u otro Estado distinto al de bandera del buque, ejercer
cualquier tipo de acción coercitiva sobre los mismos para hacer cesar o
controlar esas actividades extractivas.
No
resulta difícil de ver, que cualquier intento de solución a esta particular
condición deberá provenir del ámbito de las relaciones internacionales en el
mar. La posibilidad de acuerdos bilaterales o multilaterales con los Estados
cuyos buques pescan en el área, siempre que no afecten nuestros reclamos de
soberanía sobre las islas, es vista como una alternativa.
Una
nueva luz de esperanza aparece en torno al Tratado de Alta Mar, instrumento de
la ONU jurídicamente vinculante para la conservación y uso sostenible de la
biodiversidad marina de las áreas situadas más allá de las jurisdicciones
nacionales.
Con sus
negociaciones formales concluidas y su texto definido se abre a la firma. La
creación de órganos de índole internacional con posibilidades de promover
mecanismos de consulta y de toma de decisiones a nivel global, genera al menos
por ahora, una perspectiva de cambio.
Aun así,
mucho está por verse y analizarse sobre el mismo, si sus mecanismos son lo
suficientemente inclusivos, si resguardan los derechos de los Estados ribereños
y si las medidas de gestión y conservación que proponen serán suficientes para
alterar el estatus quo existente en el área. El acuerdo parece representar una
oportunidad para nuestro país de ser parte de un mecanismo de toma de
decisiones y de gobernanza en alta mar que, al menos en la teoría, tiende a ser
universal.
Concluyendo
Podremos
disentir sobre la correspondencia y efectividad de las propuestas de solución
presentadas, pero seguramente habrá mayor coincidencia respecto de donde deben
provenir las mismas. Aún blindando nuestra frontera marítima para evitar
ingresos ilegales, lo cierto es que mientras esa flota pueda permanecer y
seguir pescando en alta mar en las condiciones que actualmente lo hace, nada
cambiará.
Conociendo
las causales principales del problema podremos adoptar medidas y políticas
eficientes, partiendo de escenarios desvirtuados de la realidad y de lo que
sucede, nuestras chances se diluyen.
Sabemos
que la política exterior argentina se encuentra enfocada en estos instrumentos
internacionales y no dudamos que es en esa línea de trabajo, donde podremos
desincentivar la operación de estas flotas extranjeras.
Toda
acción que se emprenda para la gobernanza de esta conflictiva zona de la alta
mar, tendrá como condición indispensable para su éxito, la legitimidad
internacional sustentada en un sólido conocimiento científico.
(*) Licenciado y Profesor en Geografía.
Licenciado en Seguridad Marítima. Diplomado en políticas para el futuro
sostenible del mar. Docente Escuela Superior de Ciencias Marinas de la
Universidad Nacional del Comahue.
(**) Abogada con especialización en
Derecho del Mar y Profesora Universitaria de Ciencias Jurídicas. Licenciada en
Derecho por el Ministerio de Educación y Ciencias de España. Cuenta con
postgrados en Recursos Humanos y en Selección, Formación y Prevención de
Riesgos Laborales.
Fuente:
PREFECTURA
NAVAL ARGENTINA
SECRETARÍA
GENERAL
DEPARTAMENTO
COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL